TAPA DEL DÍA A partir del 1° de octubre, muchos contribuyentes de la provincia de Buenos Aires que operan a través de billeteras virtuales, como Mercado Pago o Personal Pay, comenzarán a experimentar retenciones de Ingresos Brutos similares a las que ya se aplican en cuentas bancarias. La medida busca armonizar la normativa local con el resto de las jurisdicciones del país. El gobierno bonaerense anunció su adhesión al Sistema Informático de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago (SIRCUPA), mecanismo nacional que permite retener impuestos sobre las cuentas virtuales. SIRCUPA funciona de manera similar al Sistema de Recaudación y Control de Acreditaciones Bancarias (SIRCREB), utilizado para las cuentas bancarias, asegurando que los contribuyentes que ya registran retenciones en sus CBU vean un tratamiento equivalente en sus CVU. Las retenciones varían entre 0,1% y 5% según la actividad económica del contribuyente, y no se aplican cuando las transferencias se realizan entre cuentas del mismo titular. Aún así, especialistas alertan que algunos contribuyentes podrían estar registrados en SIRCREB y no en SIRCUPA, generando ajustes en los primeros meses de aplicación. Según los expertos en fintech, la implementación de SIRCUPA en Buenos Aires generará tres situaciones principales: Contribuyentes identificados como obligados a pagar IIBB en la provincia, quienes serán incorporados al padrón y recibirán retenciones donde antes no existían. Contribuyentes ya registrados en otra jurisdicción, quienes deberán pagar un porcentaje mayor al sumarse a la retención bonaerense. Contribuyentes adheridos al Convenio Multilateral que operan en Buenos Aires y otras jurisdicciones no adheridas al SIRCUPA, quienes verán nuevas retenciones que antes no se aplicaban. La medida se aplicará sobre los montos acreditados en cuentas virtuales en pesos, en monedas extranjeras (excepto dólares estadounidenses), valores o instrumentos equiparables al peso. Fuentes oficiales remarcaron que “no se trata de un impuesto nuevo, sino de ordenar y armonizar el sistema tributario con el resto del país”. Todos los Proveedores de Servicios de Pago que ofrezcan cuentas virtuales deberán actuar como agentes de recaudación, siempre que los titulares figuren como contribuyentes del tributo provincial, ya sea en el régimen local o bajo el Convenio Multilateral. En opinión de analistas fiscales, la medida impactará directamente en el flujo de caja de los pequeños contribuyentes, pero genera mayor transparencia y equidad en el sistema tributario digital. TAPA DEL DÍA