TAPA DEL DÍA En una sesión extensa y atravesada por fuertes tensiones políticas, el Senado otorgó media sanción a la reforma laboral impulsada por el presidente Javier Milei. El texto sufrió modificaciones respecto de la versión original, pero conserva el núcleo del proyecto oficial: cambios en la Ley de Contrato de Trabajo, en el sistema de indemnizaciones, en los convenios colectivos y en el funcionamiento sindical. La iniciativa ahora deberá ser debatida en la Cámara de Diputados. De convertirse en ley, configurará uno de los rediseños más profundos del esquema laboral argentino de las últimas décadas. Cambios en indemnizaciones y nuevo Fondo de Asistencia Laboral La reforma mantiene el régimen de indemnización por despido sin causa, pero redefine la base de cálculo: solo se computarán conceptos mensuales, normales y habituales. Se establece además que la indemnización será la única reparación por despido injustificado. Como alternativa optativa, se crea el Fondo de Cese Laboral, que podrá acordarse entre partes para atender desvinculaciones. A su vez, se implementa el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), financiado por aportes obligatorios del 1% de las contribuciones patronales en grandes empresas y del 2,5% en MiPyMEs. Estos fondos serán inembargables y estarán bajo supervisión de la Comisión Nacional de Valores. En materia de actualización de créditos laborales, se establece un esquema basado en IPC más un 3% anual. Jornada laboral, banco de horas y vacaciones La jornada legal no se modifica. Sin embargo, se incorpora la posibilidad de implementar un banco de horas voluntario mediante acuerdo entre empleador y trabajador. Este mecanismo permitirá compensar horas extraordinarias con descansos posteriores, respetando los límites legales vigentes. Se habilita el fraccionamiento de vacaciones —siempre con un mínimo de siete días corridos por tramo— y se amplía la posibilidad de acordar fechas distintas al período tradicional, manteniendo el piso legal de 14 días. También se regulan con mayor precisión las licencias por enfermedad o accidente no vinculados al trabajo. Si la situación deriva de una actividad voluntaria riesgosa, el trabajador percibirá el 50% del salario básico durante tres o seis meses, según cargas de familia. En caso contrario, el pago será del 75%. Convenios colectivos y sistema sindical Uno de los ejes centrales es la prioridad de los acuerdos por empresa o región sobre los convenios sectoriales nacionales. Además, se limita la ultraactividad de los convenios colectivos. Se mantiene el aporte patronal del 6% a obras sociales sindicales y continúa vigente la cuota sindical obligatoria —con tope del 2% del salario mensual durante dos años— incluso para trabajadores no afiliados. En relación con el derecho de huelga, se redefinen los servicios esenciales y actividades trascendentales, estableciendo niveles mínimos de prestación del 75% y 50% respectivamente. Se amplía el listado e incluye educación en todos sus niveles, cuidado de menores y transporte de caudales, entre otros. Plataformas digitales y estatutos profesionales El proyecto crea la figura de repartidor independiente y determina que la relación con plataformas digitales será considerada contrato de servicios y no vínculo laboral. Además, dispone la derogación de cinco estatutos especiales —periodistas, viajantes de comercio, peluqueros, choferes particulares y operadores de radio— a los 180 días de sancionada la ley. Blanqueo laboral e incentivos a la contratación Se implementa un programa de regularización laboral con condonación de hasta el 70% de deudas por aportes impagos y baja del REPSAL para quienes adhieran y cumplan condiciones. El Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL) prevé una reducción de contribuciones patronales al 8% durante un año por cada nuevo trabajador incorporado, siempre que exista incremento real en la nómina. Justicia laboral y simplificación administrativa Los acuerdos homologados ante autoridad laboral tendrán el mismo valor que una sentencia firme. Se fijan topes a honorarios de abogados y peritos y se habilita el pago de sentencias judiciales en cuotas. La registración laboral digital ante ARCA será suficiente, y los libros laborales podrán conservarse en formato digital con validez legal durante diez años. Aspectos fiscales y régimen de inversiones Finalmente, se descartó la reducción de la alícuota del Impuesto a las Ganancias para sociedades. No obstante, se mantienen beneficios sectoriales y se crea el Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI), que contempla amortización acelerada y devolución anticipada de IVA para proyectos productivos entre 150.000 y 9 millones de dólares. El Gobierno logró así un primer paso legislativo para una reforma que redefine la arquitectura normativa del empleo en Argentina. El debate ahora se traslada a Diputados, donde se anticipa una discusión igualmente intensa. Más allá de las posiciones políticas, el alcance de esta reforma abre una etapa de transición que impactará tanto en empleadores como en trabajadores. El desafío estará en su reglamentación y en cómo el nuevo marco logre equilibrar previsibilidad jurídica, competitividad y protección social. TAPA DEL DÍA