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Licencia de Conducir Digital: qué cambia desde el 18 de mayo y cómo afectan las multas impagas

La nueva Licencia Nacional de Conducir digital comienza a regir desde el 18 de mayo con reformas clave: ya no tendrá vencimiento físico, pero no podrá renovarse el estado psicofísico si hay infracciones de tránsito impagas. Todo lo que tenés que saber. TAPA DEL DÍA

  • 30/04/2025 • 08:29

Licencia de Conducir Digital: qué cambia desde el 18 de mayo y cómo afectan las multas impagas

TAPA DEL DÍA – A partir del próximo 18 de mayo, entra en vigencia un nuevo régimen para la Licencia Nacional de Conducir: será completamente digital y sin vencimiento físico, aunque los conductores deberán actualizar periódicamente su condición psicofísica según la edad. Esta actualización será obligatoria para continuar habilitado para manejar, pero no podrá realizarse si hay multas de tránsito impagas.

Así lo confirmó el gobierno nacional a través del Decreto 196/2025, que introduce reformas sustanciales a la Ley Nacional de Tránsito. A pesar de la eliminación del vencimiento físico, se mantiene la revisión médica obligatoria, que pasará a ser el único trámite necesario para conservar la validez de la licencia.

Desde el Ministerio de Justicia explicaron que “renovar el estado psicofísico implica actualizar los datos del conductor, lo que habilita o no la validez de su licencia”. En ese proceso, si hay infracciones impagas asociadas al DNI o al dominio del vehículo, no se podrá completar la renovación.

La actualización del estado psicofísico será cada 5 años (entre 17 y 65 años), cada 3 años (entre 65 y 70 años) y anualmente para mayores de 70. TAPA DEL DÍA

Transferencias de autos: qué pasa con las multas

Desde septiembre de 2024, con la Disposición 142/2024, ya no es obligatorio pagar las multas al transferir un vehículo, salvo que ambas partes lo acuerden. Sin embargo, las infracciones siguen asociadas al titular y pueden impedir otros trámites como la renovación de la licencia digital.

Faltas graves: vigencia y consecuencias

La Agencia Nacional de Seguridad Vial actualizó el 23 de abril la lista de infracciones graves con caducidad a los 5 años. Entre ellas se incluyen:

  • Manejar alcoholizado o bajo sustancias prohibidas
  • Exceso de velocidad
  • Pasar semáforos en rojo
  • Usar el celular al conducir
  • No usar cinturón o casco reglamentario

Las infracciones leves mantienen una vigencia de 2 años. Este criterio rige en CABA y otras provincias como Buenos Aires, Santa Fe, Santa Cruz, Tucumán y Santiago del Estero. En cambio, distritos como Jujuy, Río Negro y Salta mantienen todas las multas activas por 5 años.

Registro médico y activación del sistema

En estos 60 días previos al 18 de mayo, los médicos y prestadores deben registrarse para validar digitalmente el estado psicofísico de los conductores. Una vez cumplido el plazo, se habilitará la posibilidad de realizar la renovación digital para las licencias particulares (categorías A, B y G).

Desde el gobierno remarcaron que las medidas son parte de un sistema más eficiente y moderno, pero advierten que las multas seguirán siendo una traba clave si no se saldan a tiempo. TAPA DEL DÍA