TAPA DEL DÍA: El Gobierno de Javier Milei anunció oficialmente un aumento en el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), con incrementos que se aplicarán en cuotas mensuales desde mayo hasta agosto de 2025. Esta medida, que fue establecida a través de la Resolución 5/2025 publicada este viernes en el Boletín Oficial, beneficiará a todos los trabajadores comprendidos en el régimen de la Ley 20.744 y sus modificatorias, incluidas las actividades agrarias, la administración pública nacional y demás entidades del Estado Nacional que actúan como empleadores. Según se informó desde la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, el ajuste se realiza con el objetivo de mejorar la capacidad adquisitiva de los trabajadores, en un contexto de alta inflación y costos crecientes en el país. El aumento será progresivo, comenzando con un monto base de $302.600 para los trabajadores mensualizados, que rige desde el 1° de abril de 2025. Para los jornalizados, el nuevo salario será de $1.513 por hora desde esa misma fecha. El primer aumento se dio en mayo, donde el salario mínimo se incrementó a $308.200 para los trabajadores mensualizados y $1.541 por hora para los jornalizados. Este ajuste busca equiparar parcialmente el poder adquisitivo frente a la inflación creciente. El siguiente incremento está previsto para el 1° de junio de 2025, cuando el salario mínimo mensual será de $313.400 y el valor por hora para los jornalizados subirá a $1.567. El tercer aumento tendrá lugar el 1° de julio, con un salario mensual de $317.800 y $1.589 por hora para los jornalizados. Finalmente, el último incremento se concretará el 1° de agosto de 2025, alcanzando un salario de $322.000 para los trabajadores mensualizados y $1.610 por hora para los jornalizados. El aumento se estableció luego de un largo proceso de deliberaciones en el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, donde los diferentes sectores presentaron sus exposiciones y propuestas. Sin embargo, no se alcanzó un consenso total respecto a los términos establecidos en el artículo 137 de la Ley N° 24.013, lo que generó algunas discrepancias, pero finalmente se avanzó con esta medida que es vista como una solución parcial frente a la situación económica. Este ajuste se aplica a todos los trabajadores incluidos en el Régimen de Contrato de Trabajo aprobado por la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, así como al Régimen de Trabajo Agrario y la Administración Pública Nacional. De esta forma, el Gobierno de Milei busca paliar los efectos de la inflación sobre los sectores más vulnerables, asegurando que todos los trabajadores reciban una compensación salarial acorde a la coyuntura económica del país. TAPA DEL DÍA